Del servicio de transporte regular de personas que no excedan 20 años de antigüedad, contados a partir del año siguiente de su fabricación (ámbito provincial, regional, nacional.) |
Semestral |
A partir del 3er. Año. |
6 meses |
Del servicio de transporte especial de personas (taxi, transporte turístico, transporte de trabajadores, transporte de estudiantes, transporte social, transporte de auto colectivo y transporte comunal de pasajeros por carretera). |
Semestral |
A partir del 3er. Año. |
6 meses |
Del servicio de transporte de internacional de personas, transporte colectivo de pasajeros entre Tacna - Arica y transporte fronterizo de pasajeros entre Perú y Ecuador. Ambulancias, vehículos de alquiler y vehículos de instrucción de la categoría M. |
Semestral |
A partir del 3er. Año. |
6 meses |
Del servicio de transporte especial de personas y/o mercancías en vehículos menores de la Categoría L5 |
Anual |
A partir del 2do. año |
12 meses |
Particulares para transporte de personas y/o mercancías de las Categorías L3, L4, L5 |
Anual |
A partir del 3er. Año. |
12 meses |
Particulares para transporte de personas de hasta nueve asientos incluido el del conductor de la Categoría M1 |
Anual |
A partir del 4to. Año |
12 meses |
Particulares de transporte de personas de más de nueve asientos, incluido el del conductor, de las Categorías M2 y M3. |
Anual |
A partir del 3er. Año. |
12 meses |
Para transporte de mercancías de las Categorías N1 y O2. |
Anual |
A partir del 3er. Año. |
12 meses |
Para transporte de mercancías de las Categorías N2, N3, O3 y O4. |
Anual |
A partir del 3er. Año. |
12 meses |
Para transporte de materiales y residuos peligrosos de las Categorías N y O. |
Semestral |
A partir del 2do. año |
6 meses |
Del servicio de transporte mixto |
Semestral |
A partir del 3er. año |
6 meses |
Servicio de transporte terrestre de personas. |
Cuatrimestral |
Al superar los 20 años |
4 meses |